Gasto público
Recortes en contratación y personal, y reorganización de entidades.
Beneficios, costos y riesgos para las personas y las empresas.
Seis ejes concentran los efectos sobre el gasto público, el ingreso de los hogares y los costos empresariales.
Recortes en contratación y personal, y reorganización de entidades.
Cambios en bienes gravados y devolución para población en pobreza o vulnerabilidad.
Mayores aportes a salud según el ingreso sobre el que se calculan y menos descuentos al calcular el impuesto de renta.
Menor impuesto sobre las utilidades de las empresas y menos exenciones en los aportes a cargo del empleador.
Cambios en bebidas, tabaco, combustibles y apuestas, y ajustes al impuesto al patrimonio.
Incentivos a grandes proyectos y alivios transitorios para regularizar obligaciones.
El resultado depende del ingreso, los aportes, las compras y el acceso a devoluciones. Para la clase media, el principal riesgo es una menor capacidad de gasto.
EfectIVA, el mecanismo propuesto para devolver parte del IVA pagado en las compras, compensaría total o parcialmente a personas en pobreza o vulnerabilidad, con límites y condiciones. Esto podría recuperar parte del dinero destinado a compras y proteger su capacidad de consumo, siempre que la devolución llegue oportunamente. La clase media no quedaría cubierta automáticamente.
Determinados productos de carnes, leche, huevos, arroz, papa, yuca y pan seguirían sin cobrar IVA al comprador. Conservarlos evita que el cambio de IVA encarezca directamente esos productos; el gasto de cada hogar dependerá de lo que compre.
La reorganización del Estado podría reducir gastos innecesarios y mejorar el uso de recursos. Para las personas, el beneficio dependería de que ese ahorro permita sostener servicios de calidad y se logre sin debilitar la atención al ciudadano.
Eliminar la tarifa del 5 % y cobrar IVA a ciertos productos que hoy no lo pagan podría encarecer algunas compras, incluidos determinados pedidos pequeños del exterior por comercio electrónico. La tarifa general seguiría en el 19 %. Los hogares sin devolución de IVA tendrían que destinar más dinero a esos consumos o ajustar su gasto.
Subirían para trabajadores cuya base de cotización —el ingreso sobre el que se calcula el aporte— supere dos salarios mínimos. Con una base de seis mínimos, el aporte del empleado pasaría del 4 % al 6,5 %, reduciendo en un 2,5 % de esa base el dinero que recibe al mes. Para independientes, la base puede ser distinta del total facturado.
Se reducen los límites de ingresos y gastos que pueden descontarse al calcular el impuesto. Así, una mayor parte del ingreso podría pagar renta. La nueva tarifa del 9 % se aplicaría solo a la parte del ingreso gravable que supere 720 y llegue hasta 1.090 UVT, después de los descuentos permitidos; no a todo el salario. La UVT es una unidad que se convierte a pesos con el valor fijado para cada año.
Los recortes pueden reducir puestos y oportunidades de contratación con el Estado. El efecto se concentraría en trabajadores, contratistas y hogares que dependen de esos ingresos; su alcance dependería de cómo se reorganice cada entidad.
Desde 2028 se propone devolver el 100 % a población en pobreza y al tramo vulnerable de menores ingresos; otros tramos recibirían el 50 %, 40 % o 30 %. El límite mensual previsto es de 5,5 unidades de valor tributario (UVT) por beneficiario: su equivalente en pesos depende del valor anual de esa unidad.
Si un bien de $10.000 antes de IVA pasa del 5 % al 19 %, costaría $11.900 en lugar de $10.500: $1.400 más. El ejemplo supone que el precio antes de impuestos no cambia y que todo el aumento se cobra al comprador.
El balance depende de cuánto se ahorre en renta y empaques frente al aumento de costos laborales, operativos y comerciales.
Bajaría del 35 % al 33 % en 2027 y al 31 % desde 2028. Las empresas con utilidades sujetas al impuesto podrían conservar más recursos para invertir, pagar obligaciones o atender sus gastos. El ahorro depende de cómo se calcule el impuesto en cada caso; una empresa sin utilidades gravadas no recibiría ese ahorro inmediato.
Eliminar este impuesto reduciría los pagos de las operaciones que hoy lo causan y el trabajo administrativo para calcularlo. El ahorro dependería del plástico utilizado y de las reglas de cada operación. Seguirían las obligaciones ambientales y las restricciones de la Ley 2232 sobre plásticos de un solo uso.
La reforma propone crear el Régimen Único para Generar Estabilidad Empresarial (RUGE), que daría beneficios tributarios y estabilidad en determinadas reglas a grandes inversiones nuevas. El acceso dependería del monto, el sector y la ejecución del proyecto, por lo que muchas pequeñas y medianas empresas quedarían fuera. Por separado, los alivios temporales reducirían sanciones e intereses de deudas tributarias, pero habría que pagar el impuesto adeudado.
La exención de los aportes del empleador a salud, al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) sería completa para salarios de hasta dos mínimos, parcial entre más de dos y tres, y se retiraría por encima de tres bajo esa regla. Para empleadores que hoy acceden al beneficio, esto podría elevar el costo de mantener la misma nómina, especialmente en actividades intensivas en empleo.
La presión sobre el ingreso de los hogares puede frenar compras o llevar al consumidor a buscar opciones más económicas. Si la empresa absorbe los nuevos costos, reduciría su margen; si los traslada al precio, podría perder volumen de ventas. Bebidas y otras actividades enfrentarían cambios en impuestos específicos.
Ajustar nómina, facturación y clasificación de productos exige tiempo, sistemas y recursos administrativos. Los proveedores del Estado también quedarían expuestos a menores oportunidades de contratación, por lo que tendrían que revisar su dependencia de esos clientes y sus proyecciones de ingresos.
Por sector: las empresas intensivas en empleo deben revisar la nómina; comercio y consumo masivo, la sensibilidad al precio; industria y exportación, el ahorro en empaques. Las empresas con reglas tributarias especiales o tarifas adicionales necesitan un cálculo particular.
Además de renta e IVA, el proyecto modifica impuestos sobre productos y operaciones específicas. Estos son los principales cambios y sus posibles efectos.
Desde 2027 se propone que este impuesto se pague a partir de un patrimonio líquido —bienes y derechos menos deudas— de 95.500 UVT. Las tarifas del 0,5 % y el 1 % se aplicarían por tramos, según la tabla propuesta. Estaría vigente entre 2027 y 2030 y afectaría a patrimonios elevados, con los descuentos y exclusiones permitidos.
La tarifa aumentaría por etapas en 2027, 2028 y 2029. Esto puede elevar costos de transporte y producción en actividades que usan combustibles gravados, con posibles efectos sobre otros precios. La incidencia dependería del combustible utilizado y de cuánto costo absorba o traslade cada empresa.
El proyecto eliminaría el beneficio que permite recibir determinados envíos del exterior de hasta US$200 por correo o mensajería rápida sin pagar IVA. Los pedidos pequeños en plataformas internacionales podrían pagar IVA según el producto, elevando su costo. La medida busca equilibrar cargas frente al comercio nacional.
En apuestas por internet, el IVA del 19 % se calcularía como incluido en el depósito del usuario. Además, los premios de loterías, rifas y apuestas tendrían una tarifa de ganancias ocasionales del 30 %. Son cargas distintas: una asociada a participar y otra a obtener el premio gravado.
Para una cajetilla de 20 cigarrillos, el impuesto combinaría un cobro fijo de $7.823 en 2027 y $11.200 desde 2028 con otro del 10 % sobre el precio certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Los vapeadores combinarían cobros por mililitro y un porcentaje del 30 %. La carga podría presionar precios y ventas.
Los licores, vinos y similares pasarían al IVA del 19 % y cambiarían sus impuestos al consumo, así como los de la cerveza. Desde 2028, las bebidas endulzadas tendrían tarifas de $45 o $76 por 100 ml según su composición, incluidas referencias con edulcorantes y bajo azúcar. El efecto puede recaer en precios o márgenes.
UVT significa unidad de valor tributario: sirve para expresar límites y valores de impuestos, y su equivalente en pesos cambia cada año. Las medidas descritas son propuestas; su aplicación depende de la aprobación de la ley y de la fecha prevista para cada cambio.
El calendario corresponde al texto radicado y puede cambiar durante el trámite.
Eliminación del impuesto a empaques plásticos, sujeta a aprobación. Las medidas sin una fecha especial seguirían las reglas generales de entrada en vigor de la ley.
Cambios en aportes a salud y exenciones para empleadores; tarifa general de renta empresarial del 33 %; recorte del 50 % en costos de contratos profesionales y de apoyo a la gestión.
EfectIVA y cambios de IVA; nuevo esquema de bebidas; renta general del 31 % y reducción del 20 % del gasto de personal público, con excepciones.